No a la extradición si la situación en las cárceles del país requirente es contraria a los estándares internacionales establecidos en la sentencia Torreggiani y otros c. Italia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el 8 de enero de 2013. Para el Tribunal de Casación, sección penal sexta , que fue pronunciada con la sentencia n. 13823/15 presentada el 31 de marzo (13823), antes de dar el visto bueno a la extradición, las autoridades nacionales están obligadas a tomar en consideración el hacinamiento carcelario, verificando si se traduce en tratos inhumanos y degradantes, en contraposición a los derechos fundamentales de la la persona.